Disposición transitoria quinta. Suspensión temporal de plazos en la Comunidad Valenciana.
1. Los plazos establecidos para la implementación de las medidas mínimas obligatorias contempladas en el anexo VII de la Instrucción Técnica Complementaria ITC AEM 1 no serán de aplicación en la Comunidad Valenciana hasta el 1 de julio de 2026.
2. Hasta el 1 de julio de 2026, el plazo previsto en el apartado 9 del artículo 11 (“Inspecciones”) de la ITC AEM 1, para la subsanación de defectos leves detectados en las inspecciones periódicas, será de un año a contar desde la fecha de su detección.
> <small>Se añade por la disposición final 2 del Real Decreto 485/2025, de 17 de junio. [Ref. BOE-A-2025-12314](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2025-12314)</small>
Texto oficial de Instrucción Técnica Complementaria de Ascensores (ITC AEM 1) (BOE-A-2024-7258). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición transitoria quinta. Suspensión temporal de plazos en la Comunidad Valenciana. — Instrucción Técnica Complementaria de Ascensores (ITC AEM 1) · BOE Fácil