Disposición final primera. Facultades de desarrollo.
Se faculta a la persona titular de la Dirección General de la Guardia Civil a dictar, en el ámbito de sus competencias, las instrucciones necesarias para la ejecución y desarrollo de esta orden.
Los programas de estudios del plan de estudios aprobado en esta orden serán desarrollados por la persona titular de la Jefatura de Enseñanza.
Texto oficial de Orden PJC/325/2024, de 14 de abril, por la que se aprueban las bases generales por las que han de regirse los procesos selectivos para el acceso al curso de capacitación para el ascenso al empleo de Cabo de la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil, así como las normas generales del curso de capacitación y su plan de estudios (BOE-A-2024-7480). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.