TÍTULO III. El Consejo General de Colegios de Protésicos Dentales · CAPÍTULO VI. Duración, cese y sustitución de los órganos unipersonales del Consejo General
Artículo 35. Duración.
El mandato de los órganos unipersonales del Consejo General que conforman el Comité Ejecutivo será de cuatro años desde que resulten elegidos en el correspondiente proceso electoral, permitiéndose la reelección.
Los órganos se mantendrán hasta la toma de posesión de los nuevos órganos electos.
Texto oficial de Estatutos Generales de los Colegios de Protésicos Dentales (BOE-A-2024-7594). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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