TÍTULO V. El régimen de responsabilidad de los miembros del Consejo General y de las Juntas de Gobierno de los Colegios · CAPÍTULO I. Responsabilidad disciplinaria · Sección 2.ª De las infracciones y sanciones
Artículo 62. Infracciones graves.
Son infracciones graves:
a) La falta de respeto, por acción u omisión, a los componentes del Comité Ejecutivo cuando actúen en ejercicio de sus funciones.
b) Los actos y omisiones descritos en el artículo anterior, cuando no tuvieren entidad suficiente para ser considerados como muy graves.
c) Incumplir el deber de confidencialidad sobre cuestiones colegiales cuando ésta exista.
d) No atender los requerimientos efectuados por los Colegios o el Consejo General en el ejercicio de sus competencias.
Texto oficial de Estatutos Generales de los Colegios de Protésicos Dentales (BOE-A-2024-7594). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 62. Infracciones graves. — Estatutos Generales de los Colegios de Protésicos Dentales · BOE Fácil