Disposición final primera. Títulos competenciales.
Este real decreto se dicta al amparo del título competencial previsto en el artículo 149.1.7.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de legislación laboral, sin perjuicio de su ejecución por los órganos de las comunidades autónomas. Asimismo, las referencias contenidas a los servicios y programas de fomento del empleo, se dictan al amparo del artículo 149.1.13.ª de la Constitución Española, sobre bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica.
Texto oficial de Real Decreto de la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo (BOE-A-2024-8710). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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