Artículo 8. Aplicación supletoria de la Orden TAS/2865/2003, de 13 de octubre, por la que se regula el convenio especial en el Sistema de la Seguridad Social.
Las previsiones relativas a la suscripción del convenio especial y a los sujetos responsables del cumplimiento de la obligación de cotizar, contenidas en los artículos 4.2 y 8.1 de la Orden TAS/2865/2003, de 13 de octubre, resultarán de aplicación al convenio especial regulado en esta orden.
Texto oficial de Orden ISM/386/2024, de 29 de abril, por la que se regula la suscripción de convenio especial con la Seguridad Social a efectos del cómputo de la cotización por los períodos de prácticas formativas y de prácticas académicas externas reguladas en la disposición adicional quincuagésima segunda del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, realizadas con anterioridad a su fecha de entrada en vigor (BOE-A-2024-8713). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.