TÍTULO II. Ayudas directas al transporte de viajeros · CAPÍTULO VI. Medidas para el fomento de los servicios públicos de préstamo de bicicletas · Sección 2.ª Medidas para la implantación y ampliación de los servicios públicos de préstamo de bicicletas
Artículo 49. Procedimiento de concesión.
Mediante orden de la persona titular del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, se establecerán las normas del procedimiento de concesión de estas ayudas, que podrá incorporar sus bases reguladoras y la convocatoria de las ayudas, al amparo de lo dispuesto en el artículo 22.2.b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Texto oficial de Real Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero, por el que se aprueban medidas urgentes en materia económica, de transporte, de Seguridad Social, y para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad (BOE-A-2025-1560). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 49. Procedimiento de concesión. — Real Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero, por el que se aprueban medidas urgentes en materia económica, de transporte, de Seguridad Social, y para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad · BOE Fácil