CAPÍTULO III. Estructura orgánica y administrativa · Sección 2.ªÓrganos de Gobierno
Artículo 10. Declaración de confidencialidad por parte de los miembros del Consejo Rector.
En el desarrollo de sus funciones, las personas miembros del Consejo Rector deberán mantener la confidencialidad debida en relación con los datos, informaciones y deliberaciones que tengan tal carácter de las que tengan conocimiento por razón de su pertenencia al mismo.
Texto oficial de Estatuto del Instituto de la Juventud (INJUVE) (BOE-A-2025-15940). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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