Artículo 23. Sistema unificado de información sectorial sobre neumáticos y la gestión de sus residuos.
Con objeto de dotar de la máxima transparencia a la información relativa a la puesta en el mercado de neumáticos de reposición y a la gestión de sus residuos, así como de poner a disposición de los distintos agentes económicos que intervienen en los diferentes procesos de dicha gestión, la información global actualizada sobre los resultados obtenidos en el tratamiento de dichos residuos, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental elaborará anualmente un informe, que se publicará en el portal de internet del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, en el que se recopile la diversa información pública disponible que pueda resultar de interés para un mejor conocimiento del estado de situación de este flujo de residuos.
Texto oficial de Real Decreto 712/2025, de 26 de agosto, de neumáticos al final de su vida útil (BOE-A-2025-17186). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 23. Sistema unificado de información sectorial sobre neumáticos y la gestión de sus residuos. — Real Decreto 712/2025, de 26 de agosto, de neumáticos al final de su vida útil · BOE Fácil