TÍTULO VIII. Régimen jurídico de autorizaciones · CAPÍTULO II. Procedimiento de tramitación de autorizaciones
Disposición adicional segunda. Normativa técnica básica y señalización.
A efectos de lo establecido en la disposición adicional segunda de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible establecerá la adecuada coordinación con el resto de ministerios de la Administración General del Estado y en especial con el Ministerio del Interior.
Texto oficial de Reglamento General de Carreteras (2025) (BOE-A-2025-20206). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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