Disposición final segunda. Régimen retributivo y de carrera profesional.
Se autoriza a la persona titular del Ministerio de Defensa para que, con el informe favorable del Ministerio de Hacienda y del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, y en coordinación con el Ministerio de Sanidad, adapte el régimen de carrera de su personal estatutario a las condiciones y características organizativas, sanitarias y asistenciales de la Red sanitaria militar, así como adaptar su régimen retributivo, con los conceptos, cuantías y los criterios para la atribución de las retribuciones complementarias que correspondan, dentro del régimen general que para el personal estatutario establece la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, previa negociación en el ámbito de la Mesa Delegada del Ministerio de Defensa.
Texto oficial de Real Decreto 931/2025, de 21 de octubre, por el que se establece el procedimiento de integración en la condición de personal estatutario del personal de la Red sanitaria militar (BOE-A-2025-21210). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.