Disposición adicional primera. Uniformidad del personal retirado.
1. Los militares que hayan pasado a retiro podrán usar el uniforme en actos militares y actos sociales solemnes.
2. El personal retirado, que de conformidad con lo previsto en la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar, haya sido adscrito a una unidad de las Fuerzas Armadas, podrá vestir el uniforme representativo de su Ejército de pertenencia o el de la unidad de adscripción, siempre que previamente hubiera estado destinado, en servicio activo, en una unidad similar dotada con la misma uniformidad. Podrán asistir a actos y ceremonias militares en los que dicha unidad participe y usar el uniforme en actos militares y sociales solemnes, de conformidad con las normas aprobadas en esta orden ministerial.
Texto oficial de Orden DEF/114/2025, de 28 de enero, por la que se aprueban las normas de uniformidad de las Fuerzas Armadas (BOE-A-2025-2291). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición adicional primera. Uniformidad del personal retirado. — Orden DEF/114/2025, de 28 de enero, por la que se aprueban las normas de uniformidad de las Fuerzas Armadas · BOE Fácil