Este Reglamento tiene por objeto:
a) Determinar cuáles son las aeronaves obligadas a matricularse en el Registro de Matrícula de Aeronaves Civiles (en lo sucesivo también referido como el «Registro»);
b) Establecer el régimen aplicable al Registro, incluido los requisitos, forma y efectos de la inscripción de las aeronaves civiles en él, así como los actos y documentos inscribibles.
c) Regular los requisitos para la asignación de matrículas de prueba para determinadas aeronaves.
Texto oficial de Real Decreto 1029/2025, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de matriculación de aeronaves civiles y por el que se modifica el Real Decreto 765/2022, de 20 de septiembre, por el que se regula el uso de aeronaves motorizadas ultraligeras (ULM) (BOE-A-2025-22950). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.