1. El objeto de este real decreto es regular el procedimiento para la confección del catálogo de símbolos y elementos contrarios a la memoria democrática en desarrollo de lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática, así como crear y regular las funciones de una comisión técnica a estos efectos.
2. A los efectos de este real decreto, se considerarán símbolos y elementos contrarios a la memoria democrática aquellos que así se definan conforme a lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley 20/2022, de 19 de octubre.
Texto oficial de Catálogo de Símbolos Contrarios a la Memoria Democrática (BOE-A-2025-23422). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 1. Objeto y ámbito material. — Catálogo de Símbolos Contrarios a la Memoria Democrática · BOE Fácil