CAPÍTULO IV. Disposiciones comunes a las dos modalidades de contrato formativo
Disposición final tercera. Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado el 26 de noviembre de 2025.
**FELIPE R.**
**La Vicepresidenta Segunda del Gobierno
y Ministra de Trabajo y Economía Social,**
**YOLANDA DÍAZ PÉREZ**
Texto oficial de Real Decreto de Desarrollo del Contrato Formativo (BOE-A-2025-24011). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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