Disposición final primera. Títulos competenciales.
Este real decreto se dicta al amparo de lo establecido en el artículo 149.1. apartados 13.ª, 23.ª y 25.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado las competencias sobre bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica, sobre la legislación básica sobre protección del medio ambiente, sin perjuicio de las facultades de las comunidades autónomas de establecer normas adicionales de protección y sobre las bases del régimen minero y energético.
Texto oficial de Real Decreto del Fondo de Carbono para una Economía Sostenible (FES-CO2) (BOE-A-2025-26026). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final primera. Títulos competenciales. — Real Decreto del Fondo de Carbono para una Economía Sostenible (FES-CO2) · BOE Fácil