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TÍTULO V. Controles y garantía del cumplimiento · CAPÍTULO IV. Delegación de las funciones de control

Artículo 47. Obligaciones de los delegados de control.

Texto oficial de Indicaciones Geográficas de Productos Artesanales e Industriales (BOE-A-2025-27011). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

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