Artículo 2. Asignaturas que constituyen el currículo.
1. Las enseñanzas profesionales de música en la especialidad de Trikitixa se organizarán en las asignaturas siguientes:
a) Asignaturas comunes a todas las especialidades:
1.º Instrumento o voz.
2.º Lenguaje musical.
3.º Armonía.
b) Asignaturas propias de la especialidad:
1.º Conjunto.
2.º Coro.
2. Las administraciones educativas podrán incorporar otras asignaturas al desarrollar el currículo de las enseñanzas profesionales de dicha especialidad.
3. Las administraciones educativas determinarán los cursos en los que se deberán incluir las asignaturas establecidas en los apartados anteriores.
Texto oficial de Especialidad de Trikitixa en Enseñanzas Profesionales de Música (BOE-A-2025-4409). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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