Artículo 29. Funciones de los directores y directoras de Departamento de las Direcciones Generales.
Los directores y directoras de Departamento de las Direcciones Generales tendrán las siguientes atribuciones:
a) Coordinar y supervisar las actividades que tienen atribuidas por este Reglamento de Régimen Interior.
b) Dirigir y organizar las unidades y servicios integrados en el Departamento correspondiente.
c) Formalizar y suscribir los documentos, informes y propuestas que correspondan al Departamento.
d) Analizar y seguir la evolución de los asuntos propios de su competencia.
e) Ejercer aquellas otras funciones que le atribuya este Reglamento de Régimen Interior.
Texto oficial de Resolución de 5 de marzo de 2025, del Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se modifica el Reglamento de Régimen Interior (BOE-A-2025-4823). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 29. Funciones de los directores y directoras de Departamento de las Direcciones Generales. — Resolución de 5 de marzo de 2025, del Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se modifica el Reglamento de Régimen Interior · BOE Fácil