Disposición transitoria segunda. Número de canales de televisión en los múltiples digitales RGE1, MPE2 y MPE3 durante la fase 1.
Durante la fase 1 del proceso para la evolución tecnológica de la TDT a la tecnología de transmisión DVB-T2, los múltiples digitales de ámbito estatal RGE1, MPE2 y MPE3, cuya explotación integra está asignada a una misma entidad, podrán integrar cinco canales de televisión en alta definición.
Texto oficial de Real Decreto 250/2025, de 25 de marzo, por el que se aprueba el Plan Técnico Nacional de la Televisión Digital Terrestre y se regulan determinadas medidas de impulso de la evolución tecnológica de la televisión digital terrestre (BOE-A-2025-6004). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.