CAPÍTULO IV. Obligación del cálculo de la huella de carbono y de la elaboración de un plan de reducción
Disposición final tercera. Títulos competenciales.
Este real decreto se dicta al amparo de lo establecido en los artículos 149.1.23.ª y 149.1.13.ª de la Constitución Española, por los que corresponde al Estado, respectivamente, la legislación básica sobre protección del medio ambiente, sin perjuicio de las facultades de las comunidades autónomas de establecer normas adicionales de protección, y la competencia sobre las bases y la coordinación de la planificación general de la actividad económica.
Texto oficial de Real Decreto 214/2025, de 18 de marzo, por el que se crea el registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono y por el que se establece la obligación del cálculo de la huella de carbono y de la elaboración y publicación de planes de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero (BOE-A-2025-7439). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.