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DISPONGO:

Artículo 13. Régimen de encargos que realicen las entidades pertenecientes al sector público que no tengan la condición de poder adjudicador.

Texto oficial de Régimen Jurídico de TRAGSA y TRAGSATEC (BOE-A-2025-8159). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

Artículo 13. Régimen de encargos que realicen las entidades pertenecientes al sector público que no tengan la condición de poder adjudicador. — Régimen Jurídico de TRAGSA y TRAGSATEC · BOE Fácil