TÍTULO I. Del Consejo General de Colegios · CAPÍTULO III. De los cargos directivos del Consejo General, régimen electoral y del régimen de moción de censura y cuestión de confianza · Sección 2.ª Régimen electoral
Artículo 31. Calendario electoral.
Las primeras elecciones a la Presidencia del Consejo General desde la entrada en vigor de los presentes Estatutos generales se celebrarán en un plazo de entre diez y catorce meses siguientes a que se produzca la proclamación de las primeras Juntas de Gobierno en los Colegios tras la aprobación de los mismos, repitiéndose cada cuatro años desde entonces.
Texto oficial de Estatutos Generales de los Colegios de la Arquitectura Técnica (BOE-A-2025-9151). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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