TÍTULO II. De los Colegios · CAPÍTULO VI. De los órganos de gobierno de los Colegios · Sección 1.ª De la Asamblea General de colegiados y colegiadas
Artículo 71. Actas.
La aprobación de las actas de las sesiones de la Asamblea General de colegiados y colegiadas se realizará en la forma y plazos previstos en los Estatutos particulares de cada Colegio y, en su defecto, podrá efectuarse en la misma sesión o en la posterior siguiente, por mayoría simple de votos presentes, autentificándose su contenido mediante diligencia de la Secretaría con el visto bueno de la Presidencia del Colegio.
Texto oficial de Estatutos Generales de los Colegios de la Arquitectura Técnica (BOE-A-2025-9151). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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