TÍTULO I. Del Consejo General de Colegios · CAPÍTULO III. De los cargos directivos del Consejo General, régimen electoral y del régimen de moción de censura y cuestión de confianza · Sección 1.ª Cargos directivos y sus funciones
Artículo 26. Mandato.
Las personas que ostenten la Presidencia, Vicepresidencia, Secretaría General, Vocalía de Asuntos Económicos y Vocalías de la Comisión Ejecutiva, desempeñarán sus cargos por mandatos de cuatro años, con una limitación de dos mandatos consecutivos.
Texto oficial de Real Decreto 352/2025, de 30 de abril, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de la Arquitectura Técnica y de su Consejo General (BOE-A-2025-9151). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 26. Mandato. — Real Decreto 352/2025, de 30 de abril, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de la Arquitectura Técnica y de su Consejo General · BOE Fácil