1. En atención a las necesidades de la sociedad, ANECA, O.A., tiene como fines la promoción y el aseguramiento de la calidad del sistema universitario en España mediante procesos de orientación, información, evaluación, certificación y acreditación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, y en cualquier otra norma que le sea de aplicación. Asimismo, le corresponde contribuir, de acuerdo con dicha ley, a garantizar niveles de buen gobierno y calidad contrastables con los estándares internacionalmente reconocidos. así como facilitar adecuada información a este respecto.
2. Además, de conformidad con la Ley 14/2011, de 1 de junio y sus normas de desarrollo y ejecución, corresponderá a ANECA, O.A., la evaluación de la actividad investigadora y de la actividad de transferencia de conocimiento del personal investigador de los Organismos Públicos de Investigación de la Administración General del Estado.
Texto oficial de Real Decreto 451/2026, de 3 de junio, por el que se aprueba el Estatuto del Organismo Autónomo Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (BOE-A-2026-12036). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.