Los miembros del Instituto ejercen sus funciones profesionales en auditoría de cuentas mediante el examen, revisión, verificación y emisión de informes sobre las cuentas anuales y otros documentos de carácter económico-contable.
Asimismo y con carácter general, los miembros del Instituto ejercen todas las demás actividades profesionales para las que, conforme a lo dispuesto en el ordenamiento jurídico, cumplen los requisitos exigidos legal y reglamentariamente y están dotados de los conocimientos y capacitación científica y técnica que les permiten actuar como sujetos responsables de la actividad de que se trate y de su resultado.
Texto oficial de Real Decreto 563/2026, de 8 de julio, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España (BOE-A-2026-15030). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 3. Actividad de los miembros. — Real Decreto 563/2026, de 8 de julio, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España · BOE Fácil