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TÍTULO VI. Ejercicio profesional

Artículo 55. Criterios orientativos de honorarios profesionales a los exclusivos efectos de tasación de costas.

Texto oficial de Real Decreto 563/2026, de 8 de julio, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España (BOE-A-2026-15030). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

Artículo 55. Criterios orientativos de honorarios profesionales a los exclusivos efectos de tasación de costas. — Real Decreto 563/2026, de 8 de julio, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España · BOE Fácil