CAPÍTULO IV. Procedimiento de reconocimiento de la condición de entidad del Tercer Sector de Acción Social colaboradora con la Administración General del Estado
Artículo 9. Presentación y contenido de la solicitud.
1. La solicitud de reconocimiento de la condición de entidad del Tercer Sector de Acción Social colaboradora con la Administración General del Estado se presentará de forma electrónica a través del modelo normalizado establecido por la Subdirección General de Promoción del Tercer Sector y del Voluntariado en la sede electrónica asociada del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030.
2. En la solicitud deberán constar los datos de identificación de la entidad interesada, incluido el número de identificación fiscal, naturaleza jurídica, ámbito de actuación material y territorial y, en su caso, número de inscripción, cuando proceda, en el registro administrativo competente.
Texto oficial de Real Decreto 592/2026, de 15 de julio, por el que se regula el régimen jurídico de las entidades del Tercer Sector de Acción Social colaboradoras con la Administración General del Estado (BOE-A-2026-15460). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.