El presente real decreto entrará en vigor el 2 de enero de 2027, salvo lo dispuesto en la disposición final segunda y disposición final tercera, que entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado el 15 de julio de 2026.
**FELIPE R.**
**El Ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030,**
**PABLO BUSTINDUY AMADOR**
Texto oficial de Real Decreto del Régimen Jurídico del Tercer Sector de Acción Social (BOE-A-2026-15460). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final quinta. Entrada en vigor. — Real Decreto del Régimen Jurídico del Tercer Sector de Acción Social · BOE Fácil