Disposición final segunda. Títulos competenciales.
Este real decreto-ley se dicta al amparo de lo establecido en las reglas 7.ª, 17.ª y 18.ª del artículo 149.1 de la Constitución Española, que atribuyen al Estado, respectivamente, las competencias exclusivas en materia de legislación laboral; sin perjuicio de su ejecución por los órganos de las Comunidades Autónomas; la legislación básica y régimen económico de la Seguridad Social, sin perjuicio de la ejecución de sus servicios por las Comunidades Autónomas; y las bases del régimen estatutario de los funcionarios.
Texto oficial de Real Decreto-ley 3/2026, de 3 de febrero, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia de Seguridad Social (BOE-A-2026-2548). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final segunda. Títulos competenciales. — Real Decreto-ley 3/2026, de 3 de febrero, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia de Seguridad Social · BOE Fácil