Además de lo previsto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, será igualmente objeto de publicación en el portal de internet toda aquella información que la Presidencia considere relevante y que contribuya al mejor cumplimiento de las funciones de la Agencia. En particular, el Contrato plurianual de gestión y el Plan de acción anual, así como sus modificaciones, se harán públicos en la página web de la Agencia, de conformidad con el artículo 92.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Texto oficial de Real Decreto 65/2026, de 3 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal de Evaluación de Políticas Públicas (BOE-A-2026-2553). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 4. Transparencia y publicidad. — Real Decreto 65/2026, de 3 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal de Evaluación de Políticas Públicas · BOE Fácil