Artículo 40. Planes de evaluación de la inspección educativa.
1. Las administraciones educativas establecerán planes periódicos de evaluación interna y externa del funcionamiento de la inspección educativa, a fin de valorar el grado de consecución de los objetivos previstos y de establecer las propuestas de mejora correspondientes.
2. La evaluación interna podrá comprender la evaluación del funcionamiento de la inspección educativa, la evaluación del cumplimiento de los planes generales y anuales de actuación, la evaluación del ejercicio de la función inspectora y la evaluación de los inspectores y las inspectoras en prácticas y de nueva incorporación.
Texto oficial de Real Decreto 68/2026, de 4 de febrero, por el que se regula la inspección educativa (BOE-A-2026-2622). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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