Disposición adicional quinta. Acuerdos o contratos para la realización de reconocimientos médicos.
Para la realización de los reconocimientos médicos contemplados en esta norma, la Sanidad de la Guardia Civil podrá concertar encomiendas de gestión, en virtud de lo establecido en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, suscribir convenios con entidades públicas o privadas, o formalizar contratos.
Texto oficial de Real Decreto 67/2026, de 4 de febrero, por el que se regula la gestión de la incapacidad temporal del personal del Cuerpo de la Guardia Civil (BOE-A-2026-2726). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición adicional quinta. Acuerdos o contratos para la realización de reconocimientos médicos. — Real Decreto 67/2026, de 4 de febrero, por el que se regula la gestión de la incapacidad temporal del personal del Cuerpo de la Guardia Civil · BOE Fácil