CAPÍTULO II. Suministro de energía · Sección 1.ª El consumidor de energía eléctrica
Artículo 7. Obligaciones del consumidor de energía eléctrica.
Los consumidores tendrán las siguientes obligaciones en relación con su suministro de energía eléctrica:
a) Contratar y pagar su energía y los peajes de acceso a la red y cargos en los términos establecidos en su contrato.
b) Garantizar que su instalación y aparatos cumplen los requisitos técnicos y de seguridad establecidos en la normativa vigente.
c) Garantizar el acceso a su instalación y sus aparatos en los términos que establezca la normativa de aplicación.
d) Mantener actualizados los datos correspondientes al contrato de suministro y de acceso a la red y cargos e informar de los cambios al comercializador y, en su caso, al distribuidor.
Texto oficial de Reglamento General de Suministro, Comercialización y Agregación de Energía Eléctrica (BOE-A-2026-3212). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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