TÍTULO III. Órganos de gobierno, participación y representación · CAPÍTULO IV. Órganos unipersonales de gobierno de la Universidad · Sección 5.ª Gerencia
Artículo 126. Definición.
1. La persona titular de la Gerencia es responsable, bajo la dependencia del Rector o Rectora, de la gestión de los servicios administrativos y económicos de la Universidad y de sus recursos humanos.
2. Se dedicará a tiempo completo a las funciones propias de su cargo y no podrá desempeñar, una vez asumido el cargo, funciones docentes ni investigadoras.
Texto oficial de Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (BOE-A-2026-5715). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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