TÍTULO V. Convivencia universitaria y servicios a la comunidad universitaria · CAPÍTULO III. Unidades básicas · Sección 3.ª Centro de Prevención, Resolución de Conflictos e Inspección
Artículo 231. Dirección, composición y funcionamiento del CPRI.
1. La persona titular de la Dirección del CPRI, será nombrada por el Rector o Rectora, oído el Consejo de Gobierno, de acuerdo con los requisitos establecidos por la legislación vigente.
2. La composición y el régimen de funcionamiento del CPRI serán determinados reglamentariamente.
3. El CPRI contará con los miembros de la vocalía necesarios para su correcto funcionamiento. Serán nombrados por el Rector o Rectora, oído el Consejo de Gobierno, entre los miembros del personal permanente de la UNED, por un período de dos años, que podrá ser renovado.
Texto oficial de Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (BOE-A-2026-5715). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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