TÍTULO III. Órganos de gobierno, participación y representación · CAPÍTULO IV. Órganos unipersonales de gobierno de la Universidad · Sección 11.ª Secretaría de departamento
Artículo 144. Definición.
1. La persona titular de la Secretaría de departamento será nombrada por el Rector o Rectora a propuesta de la Dirección del departamento entre los miembros del personal docente e investigador con dedicación a tiempo completo del departamento.
2. En los supuestos de vacante o ausencia de su titular, las funciones de secretaría serán desempeñadas por el profesor doctor o profesora doctora a tiempo completo de menor categoría académica y antigüedad en la categoría que sea miembro del Consejo de Departamento.
Texto oficial de Real Decreto 181/2026, de 11 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (BOE-A-2026-5715). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 144. Definición. — Real Decreto 181/2026, de 11 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia · BOE Fácil