TÍTULO III. Órganos de gobierno, participación y representación · CAPÍTULO IV. Órganos unipersonales de gobierno de la Universidad · Sección 12.ª Dirección de instituto universitario de investigación
Artículo 146. Definición, elección y mandato.
1. La Dirección de instituto universitario de investigación es el máximo órgano unipersonal de gobierno de estas estructuras y preside su consejo.
2. La persona titular de la Dirección será elegida por el Consejo del instituto universitario de investigación entre el profesorado doctor con dedicación a tiempo completo, preferentemente con vinculación al instituto.
3. La persona titular de la Dirección de instituto universitario adscrito o que resulte de convenio con otra institución será nombrada entre el profesorado doctor con amplia experiencia investigadora, en los términos que establezca la normativa general aplicable y el correspondiente convenio de adscripción.
4. La duración del mandato será de seis años improrrogables y no renovables.
Texto oficial de Real Decreto 181/2026, de 11 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (BOE-A-2026-5715). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.