TÍTULO I. Funciones básicas · CAPÍTULO II. Investigación y transferencia e intercambio del conocimiento e innovación · Sección 1.ª Disposiciones generales
Artículo 22. Fundamento, ejercicio y garantía de la investigación.
1. La investigación es una de las funciones fundamentales de la Universidad y abarca todos los ámbitos de conocimiento, ya sean de tipo científico, tecnológico, social, humanístico, cultural o artístico.
2. La investigación, al igual que la docencia, es un derecho y un deber del personal docente e investigador y constituye uno de los objetivos básicos e irrenunciables de la actividad de la Universidad.
3. La UNED garantizará el ejercicio de este derecho y velará por el cumplimiento de este deber, impulsando estructuras de investigación y de transferencia e intercambio del conocimiento e innovación que faciliten la interdisciplinariedad y multidisciplinariedad.
Texto oficial de Real Decreto 181/2026, de 11 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (BOE-A-2026-5715). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 22. Fundamento, ejercicio y garantía de la investigación. — Real Decreto 181/2026, de 11 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia · BOE Fácil