Artículo 290. Iniciativa del procedimiento de reforma estatutaria ordinario.
1. La iniciativa para la reforma total o parcial de estos estatutos corresponde:
a) Al Claustro Universitario, a propuesta de la cuarta parte de sus miembros.
b) Al Consejo de Gobierno.
2. La iniciativa será presentada a la Mesa del Claustro Universitario e irá acompañada de la motivación de la reforma y del texto articulado que se propone.
3. El Pleno del Claustro Universitario, convocado en sesión extraordinaria, decidirá, por mayoría simple, sobre la toma en consideración de la iniciativa de reforma presentada y acordará, en su caso, la elección de la comisión señalada en el artículo 297.
Texto oficial de Real Decreto 181/2026, de 11 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (BOE-A-2026-5715). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 290. Iniciativa del procedimiento de reforma estatutaria ordinario. — Real Decreto 181/2026, de 11 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia · BOE Fácil