TÍTULO III. Especialidades tradicionales garantizadas · CAPÍTULO I. Procedimiento de inscripción en el Registro de especialidades tradicionales garantizadas de la Unión · Sección 1.ª Fase nacional del procedimiento de inscripción en el registro
Artículo 31. Legitimación para presentar oposición a la solicitud de registro, plazo, motivos, contenido y trámite.
1. Se aplicará *mutatis mutandis* lo establecido en el artículo 7 excepto el apartado 4 y el segundo y tercer párrafo del apartado 5.
2. La oposición a la que se refiere el apartado anterior sólo será admisible si el oponente demuestra que concurren alguno de los motivos, contemplados en los artículos 62 y 63.1 del Reglamento (UE) n.º 2024/1143, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril.
Texto oficial de Indicaciones Geográficas de Vinos, Bebidas Espirituosas y Productos Agrícolas (BOE-A-2026-5875). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 31. Legitimación para presentar oposición a la solicitud de registro, plazo, motivos, contenido y trámite. — Indicaciones Geográficas de Vinos, Bebidas Espirituosas y Productos Agrícolas · BOE Fácil