TÍTULO I. Medidas en materia energética · CAPÍTULO II. Medidas para el impulso de la electrificación de hogares e industria
Artículo 9. Plan de impulso de la bomba de calor mediante Certificados de Ahorro Energético.
El Gobierno aprobará en el plazo de un mes desde la entrada en vigor de este real decreto-ley, coeficientes de corrección, en el marco de lo establecido en el Real Decreto 36/2023, de 24 de enero, por el que se establece un sistema de Certificados de Ahorro Energético, para la sustitución de caldera de combustión por una bomba de calor de accionamiento eléctrico.
Los coeficientes de corrección tendrán una duración determinada que facilite una activación urgente de las medidas, y serán incrementados en el caso de actuaciones llevadas a cabo en hogares vulnerables.
Texto oficial de Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio (BOE-A-2026-6544). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.