Disposición adicional quinta. Devolución parcial por el gasóleo empleado en la agricultura y ganadería en el ejercicio 2026.
En el año 2026, la devolución establecida en el artículo 52 ter de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, correspondiente a las adquisiciones de gasóleo efectuadas desde la entrada en vigor de este real decreto ley y el 30 de junio de 2026, deberá respetar la tributación mínima prevista en la Directiva 2003/96/CE del Consejo, de 27 de octubre de 2003, por la que se reestructura el régimen comunitario de imposición de los productos energéticos y de la electricidad.
Texto oficial de Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio (BOE-A-2026-6544). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición adicional quinta. Devolución parcial por el gasóleo empleado en la agricultura y ganadería en el ejercicio 2026. — Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio · BOE Fácil