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Garantía legal de un producto: los tres años que tienes para reclamar si sale defectuoso

Equipo editorial de BOE Fácil · revisado por Equipo editorial de BOE Fácil el 21/8/2026

Cuando un producto comprado a un vendedor profesional resulta defectuoso, la ley no deja el plazo para reclamar al arbitrio de cada tienda: el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios fija un período legal de responsabilidad que opera con independencia de lo que diga la garantía comercial del fabricante.

El plazo general: tres años

En la compraventa de bienes, el empresario responde de las faltas de conformidad que existan en el momento de la entrega y se manifiesten dentro de los tres años siguientes a esa entrega. Para contenidos o servicios digitales suministrados en un acto único, el plazo es de dos años.

Suministro continuo de contenidos digitales

Si el contrato prevé el suministro continuo de contenidos o servicios digitales durante un período determinado —una suscripción, por ejemplo—, el empresario responde de cualquier falta de conformidad que se produzca o se manifieste dentro de ese período de suministro. Si ese período continuo es inferior a tres años tratándose de un bien con elementos digitales, el plazo de responsabilidad se amplía igualmente a tres años desde la entrega.

Productos de segunda mano: el único caso en que se puede pactar menos

En los bienes de segunda mano, el empresario y el consumidor pueden pactar un plazo de garantía inferior al general, pero con un suelo que la ley no permite rebajar: nunca puede ser inferior a un año desde la entrega.

Por qué importa distinguir esto de la garantía comercial

Este plazo legal de tres años es independiente de cualquier garantía comercial adicional que ofrezca el fabricante o el vendedor. Una garantía comercial puede ampliar la protección, añadir condiciones o cubrir aspectos distintos, pero no puede sustituir ni reducir el plazo legal que fija la propia ley para los productos nuevos.


Esta guía es una explicación divulgativa de BOE Fácil, no asesoramiento jurídico. Para el texto oficial completo, consulta el artículo 120 del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.