Perro potencialmente peligroso: la licencia municipal que necesitas antes de tenerlo
Equipo editorial de BOE Fácil · revisado por Equipo editorial de BOE Fácil el 31/8/2026
Tener un perro de determinadas razas, o cualquier animal calificado como potencialmente peligroso, no es una decisión libre de trámites: la ley exige obtener antes una licencia administrativa municipal, con requisitos personales concretos que hay que cumplir.
Qué se considera animal potencialmente peligroso
El artículo 2.1 da una definición genérica: son animales potencialmente peligrosos todos los que, perteneciendo a la fauna salvaje o siendo utilizados como animales domésticos o de compañía, pertenecen a especies o razas con capacidad de causar la muerte o lesiones a personas o a otros animales, y daños a las cosas, con independencia de su agresividad concreta. El artículo 2.2 añade una categoría más específica: también se consideran potencialmente peligrosos los animales domésticos que se determinen reglamentariamente, en particular dentro de la especie canina, según una tipología racial que, por su carácter agresivo, tamaño o potencia de mandíbula, tenga esa misma capacidad de causar daño.
La licencia municipal obligatoria
El artículo 3.1 exige, para tener cualquier animal así clasificado, obtener previamente una licencia administrativa, otorgada por el Ayuntamiento del municipio donde reside el solicitante —o, en su caso, donde se realiza la actividad de comercio o adiestramiento con ese animal—.
Los cuatro requisitos para obtener la licencia
El propio artículo 3.1 enumera, al menos, cuatro requisitos que el Ayuntamiento debe verificar antes de conceder la licencia: ser mayor de edad y no estar incapacitado para proporcionar los cuidados necesarios al animal; no haber sido condenado por delitos de homicidio, lesiones, torturas, contra la libertad o la integridad moral, la libertad sexual o la salud pública, de asociación con banda armada o de narcotráfico, ni tener sanciones previas por infracciones en materia de tenencia de animales potencialmente peligrosos; disponer de un certificado de aptitud psicológica; y haber formalizado un seguro de responsabilidad civil por los daños que el animal pueda causar a terceros, por la cuantía mínima que se determine reglamentariamente.
Por qué se exige certificado psicológico y seguro
Estos dos requisitos —el certificado de aptitud psicológica y el seguro de responsabilidad civil— reflejan el doble objetivo de la norma: por un lado, comprobar de antemano que quien va a tener bajo su custodia a un animal con capacidad de causar daños graves cuenta con la estabilidad y aptitud necesarias para manejarlo con responsabilidad; por otro, garantizar que, si a pesar de todo se produce un daño, exista una cobertura económica real que responda frente a la víctima, más allá de la responsabilidad patrimonial personal del propietario que ya establece con carácter general el Código Civil para los daños causados por animales.
Quién desarrolla esta normativa
El artículo 3.2 reparte la competencia de desarrollo: las Comunidades Autónomas y las Corporaciones locales son competentes, según sus respectivos Estatutos de Autonomía y la legislación básica aplicable, para dictar la normativa de desarrollo de esta ley —lo que explica que existan diferencias concretas entre municipios y comunidades autónomas sobre el listado exacto de razas caninas afectadas y los detalles del procedimiento de licencia.
Esta guía es una explicación divulgativa de BOE Fácil, no asesoramiento jurídico. Para el texto oficial completo, consulta los artículos 2 y 3 de la Ley de Animales Potencialmente Peligrosos.
