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Ser oficialmente una startup: los siete requisitos que exige la Ley de Startups

Equipo editorial de BOE Fácil · revisado por Equipo editorial de BOE Fácil el 31/8/2026

Llamarse "startup" en el lenguaje coloquial no da acceso automático a los beneficios fiscales y laborales que la Ley de Startups reserva a las empresas emergentes: la norma exige el cumplimiento simultáneo de siete requisitos concretos.

Qué es una empresa emergente

El artículo 3.1 define la empresa emergente como toda persona jurídica —incluidas las de base tecnológica creadas al amparo de la Ley de la Ciencia— que reúna, a la vez, siete condiciones.

Los siete requisitos

Primero, ser de nueva creación, o no haber transcurrido más de cinco años desde su inscripción registral —siete años para empresas de biotecnología, energía, industriales u otros sectores estratégicos con tecnología propia desarrollada en España—. Segundo, no haber surgido de una fusión, escisión o transformación de empresas que no fueran ya emergentes. Tercero, no distribuir ni haber distribuido dividendos, o retornos en el caso de cooperativas. Cuarto, no cotizar en un mercado regulado. Quinto, tener su sede social, domicilio social o establecimiento permanente en España. Sexto, tener al menos el 60% de su plantilla con contrato laboral en España —incluyendo, en las cooperativas, a los socios trabajadores a estos efectos—. Séptimo, desarrollar un proyecto de emprendimiento innovador con un modelo de negocio escalable.

Qué se entiende por proyecto innovador

El artículo 3.2 aclara este último requisito: una empresa emergente es innovadora cuando su finalidad es resolver un problema o mejorar una situación existente mediante productos, servicios o procesos nuevos o mejorados sustancialmente respecto al estado de la técnica, y que ese desarrollo implique un riesgo real de fracaso tecnológico, industrial o del propio modelo de negocio. No basta, por tanto, con ser una empresa reciente: hace falta asumir un riesgo genuino de innovación, no simplemente replicar un negocio ya existente.

Cuándo la empresa pertenece a un grupo

El propio artículo 3.1 añade una precisión para los grupos empresariales: cuando la empresa pertenece a un grupo en el sentido del Código de Comercio, el grupo entero, o cada una de las empresas que lo componen, debe cumplir estos mismos requisitos, evitando así que una gran corporación cree una filial artificialmente calificada como emergente para acceder a estos beneficios.

Quién queda excluido, aunque cumpla los requisitos anteriores

El artículo 3.3 cierra el acceso a estos beneficios a las empresas fundadas o dirigidas, directamente o por persona interpuesta, por quienes no estén al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, o hayan sido condenados por sentencia firme por delitos de administración desleal, insolvencia punible, delitos societarios, blanqueo de capitales, financiación del terrorismo, delitos contra la Hacienda Pública o la Seguridad Social, prevaricación, cohecho, tráfico de influencias, malversación, fraudes, exacciones ilegales o delitos urbanísticos, así como a quienes hayan sido condenados a la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones públicas.

Por qué esta definición tan detallada

Esta definición exhaustiva busca que los beneficios fiscales y laborales de la ley —tributación reducida en el Impuesto de Sociedades, ventajas en el régimen de stock options, facilidades para atraer talento extranjero, entre otros— se reserven realmente para proyectos empresariales de carácter innovador y de rápido crecimiento, evitando que empresas convencionales, o vinculadas a personas con antecedentes penales relevantes en materia económica, puedan beneficiarse indebidamente de este régimen especial.


Esta guía es una explicación divulgativa de BOE Fácil, no asesoramiento jurídico. Para el texto oficial completo, consulta el artículo 3 de la Ley de Startups.