TÍTULO XI. De la conclusión del sumario y del sobreseimiento · Capítulo I. De la conclusión del sumario
Artículo 633.
En el auto en que el Tribunal acuerde la apertura del juicio oral se dispondrá el traslado al que se refiere el artículo 649, sin perjuicio de lo determinado en el capítulo II de este título.
Texto oficial de Ley de Enjuiciamiento Criminal (BOE-A-1882-6036). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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