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real decreto · BOE-A-1882-6036

Real Decreto de 14 de septiembre de 1882 por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Estado
Vigente
Publicación
17/9/1882
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Gracia y Justicia

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

La Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim), aprobada por Real Decreto de 14 de septiembre de 1882, regula el proceso penal en España: cómo se inicia una causa (denuncia o querella), cómo se investiga (instrucción), qué garantías tiene la persona investigada (derecho de defensa, asistencia jurídica gratuita, traducción e interpretación) y cómo se resuelven los recursos contra las resoluciones judiciales. Es una de las normas más antiguas del ordenamiento español que sigue en vigor, con reformas constantes hasta la actualidad, entre ellas la incorporación de los actos procesales mediante presencia telemática.

A quién afecta: Cualquier persona investigada, denunciante, víctima o testigo en un procedimiento penal en España, así como jueces, fiscales, abogados y la Policía Judicial.

  • El Libro I regula las disposiciones comunes a todo proceso penal: competencia de jueces y tribunales, recusaciones, derecho de defensa y asistencia jurídica gratuita, notificaciones, plazos y recursos.
  • El Libro II regula el sumario: cómo se inicia la instrucción (denuncia, querella), la Policía Judicial y la formación del sumario, es decir, la fase de investigación previa al juicio.
  • El Título V del Libro I reconoce expresamente el derecho a la defensa, a la asistencia jurídica gratuita y a la traducción e interpretación en los juicios criminales.
  • El Título X regula los recursos contra las resoluciones procesales, incluido el recurso de revisión frente a resoluciones firmes en supuestos tasados.
¿Qué diferencia hay entre una denuncia y una querella?

La denuncia es simplemente poner en conocimiento de la autoridad unos hechos que pueden ser delito; no exige abogado ni procurador y no convierte a quien denuncia en parte del proceso. La querella es un acto formal, que normalmente exige abogado y procurador, por el que quien la presenta se persona como parte acusadora en el procedimiento.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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Ley de Enjuiciamiento Criminal · BOE Fácil