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TÍTULO I. De las obligaciones · CAPÍTULO IV. De la extinción de las obligaciones · Sección 2.ª De la pérdida de la cosa debida

Artículo 1184.

Texto oficial de Código Civil (BOE-A-1889-4763). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

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